ÁREAS DE PRÁCTICA

Delitos contra la vida y la integridad

Defensa en los delitos más graves contra las personas: homicidio, asesinato, lesiones, aborto, eutanasia, tortura y delitos contra la integridad moral.

Abogado penalista colegiado en el ICAM. Defensa y acusación particular en toda España.

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EL DESPACHO

Los delitos que más se juegan

Los delitos contra la vida y la integridad concentran las penas más graves del Código Penal y los procedimientos de mayor complejidad probatoria. La calificación de los hechos —homicidio o asesinato, dolo o imprudencia, lesiones básicas o agravadas— marca diferencias de años de prisión.

El despacho interviene desde el primer momento, cuando se decide la estrategia: el análisis del dolo, la prueba pericial y forense, las eximentes y la correcta calificación jurídica. La instrucción es decisiva en estos asuntos, que se enjuician con frecuencia ante el Tribunal del Jurado.

Un modelo de despacho boutique, con dedicación personal del titular a cada caso, permite el rigor técnico y la atención que estos procedimientos exigen.

Despacho penalista Álvarez Ustarroz en Madrid

ÁMBITOS DE ACTUACIÓN

Delitos que defendemos

Homicidio

Matar a otro con dolo (art. 138 CP). Pena de 10 a 15 años.

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Asesinato

Homicidio con alevosía, precio o ensañamiento (art. 139 CP).

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Homicidio imprudente

Causar la muerte por imprudencia, sin dolo (art. 142 CP).

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Lesiones

Menoscabo de la integridad o la salud (arts. 147-150 CP).

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Lesiones al feto

Lesión grave al desarrollo del feto (arts. 157-158 CP).

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Aborto

Interrupción del embarazo fuera de la ley (arts. 144-146 CP).

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Suicidio y eutanasia

Inducción y cooperación; eutanasia fuera de la ley (art. 143 CP).

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Tráfico de órganos

Tráfico ilegal de órganos humanos (art. 156 bis CP).

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Manipulación genética

Alteración del genotipo y clonación (arts. 159-162 CP).

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Trato degradante

Menoscabo grave de la integridad moral (art. 173.1 CP).

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Tortura

Sufrimientos infligidos por autoridad o funcionario (art. 174 CP).

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Acoso laboral (mobbing)

Hostigamiento laboral grave y reiterado (art. 173.1 CP).

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Acoso inmobiliario

Hostigamiento para impedir el disfrute de la vivienda (art. 173.1 CP).

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Omisión del deber de socorro

No auxiliar a quien está en peligro grave (art. 195 CP).

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MÉTODO

Cómo trabajamos su defensa

01

Estudio del asunto

Análisis de la imputación, de la prueba y del marco penal aplicable desde la primera intervención, para fijar la estrategia antes de cualquier declaración.

02

Estrategia de defensa

Diseño de la línea de defensa: cuestiones procesales, prueba pericial, calificación jurídica y, cuando procede, vías alternativas a la pena.

03

Intervención en el procedimiento

Asistencia en declaraciones, escritos, recursos y negociación, con presencia activa en instrucción, donde se gana o se pierde la mayoría de los asuntos.

04

Juicio y recursos

Defensa en el juicio oral y, en su caso, recurso de apelación y casación, con un control riguroso de la prueba y de las garantías.

DOCTRINA APLICABLE

Doctrina del Tribunal Supremo

STS 20-1-2009
EDJ 11765

Delimita el dolo homicida —incluido el dolo eventual— frente al ánimo de lesionar, atendiendo al arma, la zona del cuerpo y la intensidad de la agresión.

STS 1-10-2009
EDJ 239984

Precisa las circunstancias que cualifican el asesinato —alevosía y ensañamiento— frente al homicidio.

STS 26-3-2019
EDJ 544273

Configura los delitos contra la integridad moral como delitos de resultado, que exigen un menoscabo grave y efectivo.

PREGUNTAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes

¿Cómo es la primera consulta?

La primera consulta sirve para estudiar el asunto, valorar la imputación y la prueba, y explicarle con claridad su situación y las opciones de defensa. Se concierta cita y se atiende con confidencialidad.

¿Atienden asuntos fuera de Madrid?

Sí. El despacho dirige la defensa en procedimientos de toda España, coordinándose con la asistencia presencial necesaria en cada partido judicial.

¿Cómo funcionan los honorarios?

Los honorarios se fijan tras estudiar el asunto, en función de su complejidad y de la fase procesal, con un presupuesto claro y cerrado por escrito desde el inicio.

¿Pueden ejercer la acusación particular?

Sí. El despacho asume tanto la defensa del investigado como la acusación particular de las víctimas, ejerciendo sus derechos y reclamando la responsabilidad civil.

¿Hay disponibilidad para urgencias?

Sí. Ante una detención o una citación urgente, el despacho presta asistencia letrada inmediata para intervenir desde el primer momento, que suele ser decisivo.

José Luis Álvarez Ustarroz, abogado penalista en Madrid

TITULAR DEL DESPACHO

José Luis Álvarez Ustarroz

Abogado penalista — fundador del despacho

José Luis Álvarez Ustarroz es abogado penalista colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), con más de diez años de experiencia en la defensa penal y en el ejercicio de la acusación particular. Dirige personalmente cada asunto, con un modelo de despacho boutique centrado en la dedicación y el rigor técnico.

Biografía completa →

Si afronta una imputación por un delito contra la vida o la integridad, la intervención temprana de un abogado especializado es decisiva. El despacho estudia su caso y le explica con claridad su situación y sus opciones de defensa.