EL DESPACHO
Honor y libertad de expresión
Los delitos contra el honor y la intimidad se mueven en una frontera delicada con la libertad de expresión y de información. Determinar cuándo una expresión es delito y cuándo es crítica legítima, o cuándo una intromisión vulnera la intimidad protegida, exige un análisis jurídico preciso.
El despacho asume tanto la defensa frente a estas acusaciones —donde la prueba de la verdad, la diligencia informativa y el contexto son clave— como la acusación particular de quien ve lesionado su honor o su intimidad, incluida la difusión de imágenes y la prueba digital.
Atención personal del titular, con especial cuidado en la prueba digital, decisiva en estos asuntos.

ÁMBITOS DE ACTUACIÓN
Delitos que defendemos
Revelación de secretos
Interceptar comunicaciones o difundir imágenes íntimas (art. 197 CP).
Allanamiento de morada
Entrar o mantenerse en morada ajena sin consentimiento (art. 202 CP).
MÉTODO
Cómo trabajamos su defensa
Estudio del asunto
Análisis de la imputación, de la prueba y del marco penal aplicable desde la primera intervención, para fijar la estrategia antes de cualquier declaración.
Estrategia de defensa
Diseño de la línea de defensa: cuestiones procesales, prueba pericial, calificación jurídica y, cuando procede, vías alternativas a la pena.
Intervención en el procedimiento
Asistencia en declaraciones, escritos, recursos y negociación, con presencia activa en instrucción, donde se gana o se pierde la mayoría de los asuntos.
Juicio y recursos
Defensa en el juicio oral y, en su caso, recurso de apelación y casación, con un control riguroso de la prueba y de las garantías.
DOCTRINA APLICABLE
Doctrina del Tribunal Supremo
Vincula la protección del honor con la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad, ponderándola con las libertades de expresión e información.
En la revelación de secretos exige vencer un tipo de resistencia: no basta la mera obtención con astucia, sino una intromisión efectiva en la intimidad.
Delimita el concepto de morada como el espacio donde se desarrolla la vida privada, a efectos del allanamiento.
PREGUNTAS FRECUENTES
Preguntas frecuentes
¿Cómo es la primera consulta?
La primera consulta sirve para estudiar el asunto, valorar la imputación y la prueba, y explicarle con claridad su situación y las opciones de defensa. Se concierta cita y se atiende con confidencialidad.
¿Atienden asuntos fuera de Madrid?
Sí. El despacho dirige la defensa en procedimientos de toda España, coordinándose con la asistencia presencial necesaria en cada partido judicial.
¿Cómo funcionan los honorarios?
Los honorarios se fijan tras estudiar el asunto, en función de su complejidad y de la fase procesal, con un presupuesto claro y cerrado por escrito desde el inicio.
¿Pueden ejercer la acusación particular?
Sí. El despacho asume tanto la defensa del investigado como la acusación particular de las víctimas, ejerciendo sus derechos y reclamando la responsabilidad civil.
¿Hay disponibilidad para urgencias?
Sí. Ante una detención o una citación urgente, el despacho presta asistencia letrada inmediata para intervenir desde el primer momento, que suele ser decisivo.

TITULAR DEL DESPACHO
José Luis Álvarez Ustarroz
Abogado penalista — fundador del despacho
José Luis Álvarez Ustarroz es abogado penalista colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), con más de diez años de experiencia en la defensa penal y en el ejercicio de la acusación particular. Dirige personalmente cada asunto, con un modelo de despacho boutique centrado en la dedicación y el rigor técnico.
Tanto si afronta una acusación por un delito contra el honor o la intimidad como si quiere ejercer la acusación particular, el despacho estudia su caso y le orienta sobre la mejor estrategia.