Delitos contra la Seguridad Vial

Defensa penal en delitos contra la seguridad vial. 

Más de un centenar de procedimientos y 10 años de experiencia nos avalan.

Abogado para delitos contra la seguridad vial en Madrid

Los delitos contra la seguridad vial son uno de los procedimientos penales más frecuentes en los juzgados de Madrid. La mayoría se tramitan por juicio rápido, lo que significa que en apenas unos días puede celebrarse la comparecencia ante el Juzgado y adoptarse una decisión que afecte directamente a su libertad o a su permiso de conducir.

En Álvarez Ustarroz Abogados asumimos la defensa en todo tipo de procedimientos por delitos contra la seguridad vial, ofreciendo una intervención inmediata desde el momento de la detención o citación policial. La actuación en las primeras horas es determinante para definir la estrategia procesal y valorar si procede conformidad o defensa en juicio.

Infografía sobre delitos contra la seguridad vial en el Código Penal español: alcoholemia, exceso de velocidad, conducción temeraria y abandono del lugar del accidente
Nuestra especialización

Los delitos contra la seguridad vial se regulan en los artículos 379 a 385 ter del Código Penal y sancionan conductas que ponen en riesgo la seguridad del tráfico y de las personas.

No toda infracción de tráfico es delito. Solo determinadas conductas, cuando superan ciertos límites o generan un riesgo penalmente relevante, dan lugar a responsabilidad penal.


Principales delitos contra la seguridad vial

1. Conducción bajo la influencia de alcohol o drogas (art. 379 CP)

  • Tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre.

  • Conducción bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

Penas posibles:

  • Prisión de 3 a 6 meses, o

  • Multa de 6 a 12 meses, o

  • Trabajos en beneficio de la comunidad,

  • Y en todo caso, retirada del permiso de conducir de 1 a 4 años.


2. Exceso de velocidad penal (art. 379.1 CP)

  • Más de 60 km/h sobre el límite en vía urbana.

  • Más de 80 km/h sobre el límite en vía interurbana.


3. Negativa a someterse a las pruebas (art. 383 CP)

Negarse a realizar la prueba de alcoholemia o drogas constituye un delito autónomo, incluso aunque no se acredite finalmente intoxicación.

Pena:

  • Prisión de 6 meses a 1 año.

  • Privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.


4. Conducción temeraria (arts. 380 y 381 CP)

Conducción con manifiesto desprecio por la vida o integridad de los demás.
Puede agravarse cuando exista concreto peligro para personas.


5. Conducción sin permiso (art. 384 CP)

  • Pérdida total de puntos.

  • Retirada judicial previa.

  • Nunca haber obtenido permiso.


6. Abandono del lugar del accidente (art. 382 bis CP)

Especialmente relevante cuando existen víctimas.

Riesgos reales en estos procedimientos

Muchas personas piensan que “es solo una alcoholemia”. Sin embargo, las consecuencias pueden ser importantes:

  • Antecedentes penales.

  • Retirada prolongada del permiso de conducir.

  • Pérdida del empleo si la conducción es esencial en la actividad profesional.

  • Agravación en caso de reincidencia.

Además, en los juicios rápidos es habitual que se ofrezca una conformidad con reducción de pena. Aceptarla sin analizar el atestado puede ser un error.

Nuestra forma de actuar

En Álvarez Ustarroz Abogados ofrecemos:

  • Asistencia inmediata en comisaría o juzgado.

  • Estudio técnico del atestado policial.

  • Análisis de la legalidad del control de alcoholemia o drogas.

  • Revisión del correcto funcionamiento y calibración del etilómetro.

  • Valoración de nulidades procesales.

  • Diseño de estrategia para absolución o, en su caso, para obtener la pena más favorable.

Existen supuestos en los que:

  • La prueba puede ser impugnada.

  • No se acredita la influencia en la conducción.

  • Existen defectos en la cadena de custodia o en la práctica de la prueba.

Cada caso requiere un análisis individualizado.

¿Cuándo debe consultar con un abogado?

Debe contactar con un abogado especializado si:

  • Ha sido citado para un juicio rápido.

  • Ha dado positivo en un control de alcoholemia o drogas.

  • Se le imputa conducción temeraria.

  • Ha sido denunciado por conducir sin permiso.

  • Está siendo investigado por abandono del lugar del accidente.

La intervención temprana puede marcar la diferencia entre una condena con retirada prolongada del permiso o una solución jurídicamente más favorable.

Experiencia y enfoque

    El titular del despacho cuenta con más de 10 años de experiencia en Derecho penal y un profundo conocimiento del funcionamiento de juzgados y administraciones públicas.

    Ofrecemos:

    • Contacto directo y permanente con el abogado.

    • Confidencialidad absoluta.

    • Implicación personal en cada asunto.

    • Despacho boutique con trato cercano y estratégico.

    Abogado especialista en delitos contra la seguridad vial en Madrid
      • Si ha sido detenido, investigado o citado por un delito contra la seguridad vial, es fundamental actuar con rapidez.

        En procedimientos penales de este tipo, cada decisión —declarar o no declarar, aceptar o no una conformidad, impugnar la prueba— tiene consecuencias jurídicas relevantes.

        Analizamos su caso con rigor técnico y diseñamos la mejor estrategia de defensa desde el primer momento.

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